En el nuevo decreto ley 288 de vivienda en lo que se refiere a la compra venta de inmuebles se menciona solamente a personas naturales con domicilio en cuba y extranjeros residentes en cuba y salida definitiva; pero no se mencionan a los cubanos que tienen permiso de residencia en el exterior que deseen vender o comprar casa en cuba. en espera de aclaración, saludos.
Ciertamente en el decreto aludido no se hace tal distinción, sin embargo todo ciudadano cubano con PRE mantiene vigentes sus derechos civiles en Cuba y ello implica por tanto el de vender o comprar viviendas en el territorio nacional, puesto que no ha perdido su ciudadanía cubana, por lo que puede proceder al trámite como esta estipulado en el Decreto Ley 288 bien sea personándose en Cuba o a través de un Poder Notarial para la compraventa de viviendas.
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